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Revisión de 15:10 19 mar 2018
La expresión "menor" remite a la doctrina legal y el derecho penal, que considera al "menor" como objetos, sin incidencia ni intervención en la realidad. Es la denominación jurídica y peyorativa que se refiere a excluidos, sin acceso a derechos, y a los que se encuentran en situación irregular (mendicidad, explotación, otros). Actualmente, con el cambio de paradigma en el enfoque de derechos, se comienza a pensar en los niños (y cambiar la terminología) como sujetos de derecho, como personas menores de edad.
En contraposición a "menor" se usa la expresión "niños y niñas", para describir a aquellos de familias económicamente acomodadas, con accesos a servicios a la salud, educación y vivienda adecuada, entre otras cosas.
Términos recomendados alternativos
Otros términos relacionados con su búsqueda, que también están presentes en el diccionario: