Responsabilidad parental

De Del Sector Social
Saltar a: navegación, buscar

Desde el 2015, el nuevo Código Civil y Comercial Argentino, ha incluido la expresión "responsabilidad parental" reemplazando la de Patria potestad, redefiniendo las relaciones familiares. La concepción verticalista en la que si los padres se separan, uno de los progenitores es el que queda a cargo y el otro "visita" como si se tratara de un extraño, ha quedado atrás. La Responsabilidad parental pone el énfasis en la función de cuidado, atención y protección, en contraposición a la patria potestad en la que los padres tienen el poder sobre los hijos y toman las decisiones por ellos.

Pero uno de los conceptos mas novedosos que introduce el nuevo Código en este aspecto es permitir que los progenitores puedan convenir que el ejercicio de la responsabilidad parental sea otorgado a un pariente o tercero idóneo.




Otros términos relacionados con su búsqueda, que también están presentes en el diccionario: