Hijo único
Para comprender el uso inadecuado de esta expresión es importante comenzar por conocer la definición de las palabras que la componen:
La Real Academia Española (RAE) define único como:
- adj. Solo y sin otro de su especie.
- adj. Singular (‖ extraordinario, excelente).
Al analizar el término etimológicamente, se lo asocia al número uno así como a la idea de primero. Partiendo de esta base, el hijo crece con esta noción de que es, o más bien debe ser o convertirse en ese uno, en ese extraordinario. La idea de uno se suma la de solo y sin otro de su especie, nada más errado, este niño es un ser humano, otro de la especie.
La RAE también ofrece la definición de hijo único:
- m. y f. Por ficción legal y para la excepción o prórroga del servicio militar, se reputa como tal, aunque tenga otros hermanos, al que es sostén de familia pobre.
- m. y f. Hijo que, por no tener hermanos, resulta consentido, mimado y caprichoso.
Es decir que este “hijo” por el simple hecho de no tener hermanos carga con todo el peso de las cualidades de ser, así como livianamente le dicen: único. Y así como a él se le representan estas ideas, lo mismo ocurre con su familia y el resto de la sociedad, hasta el punto de que la RAE lo define como consentido, mimado y caprichoso. ¿Podemos determinar que una persona por no tener hermanos sea de tal o cual manera?
La realidad es que, aparte de lo que pueda ocurrir en la psique del hijo único y del resto de las personas para con él, resulta redundante esa expresión, porque todos y cada uno de nosotros somos únicos.
Por esta razón, recomendamos el uso de la expresión hijo sin hermanos, que - en verdad - es lo que es. Porque su condición de hijo con respecto a sus padres es innegable, la única diferencia entre uno y otro es simplemente que no tiene hermanos.
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Fuentes
Colaboración realizada por Daniela Belen Iribarren: danielabiribarren.1988@gmail.com