Sexismo

De Del Sector Social
Revisión de 16:32 5 feb 2020 por Marcela (Discusión | contribuciones)

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El sexismo es el poder que ejerce un colectivo humano sobre otro en razón de su sexo, mediante el prejuicio o la discriminación. Alude a un conjunto de nociones, expresiones y prácticas sociales que, con base en la diferencia sexual, legitiman y afianzan la desigualdad social entre las personas. Las actitudes sexistas se sostienen en creencias y estereotipos tradicionales sobre los distintos roles de género.

Para identificar la visión más tradicional del sexismo hay que remontarse a las aportaciones del psicólogo Allport (1954), quien lo define como un prejuicio hacia las mujeres, entendiendo éste como una actitud de hostilidad y aversión. Supone un tratamiento desigual y perjudicial hacia las mujeres, y se conoce hoy en día como sexismo explícito porque es fácilmente detectable, visible y observable. En concordancia con la definición anterior, Victoria Sau en su obra Diccionario Ideológico Feminista sostiene que el sexismo es un “conjunto de todos y cada uno de los métodos empleados en el seno del patriarcado para poder mantener en situación de inferioridad, subordinación y explotación al sexo dominado: el femenino”.

Mediante el sexismo se ha oprimido, subordinado y negado los derechos de las mujeres en todos los ámbitos de las relaciones humanas, a veces con mecanismos sutiles y en otros casos incluso violentos que invisibilizan, estereotipan, desvalorizan y humillan a las mujeres. De modo extremo puede fomentar el acoso sexual, la violación y otras formas de violencia sexual.​ El sexismo está presente en distintos ámbitos, se encuentra en el lenguaje, en la educación y la legitimación de la violencia de género en diversos campos de relación entre el hombre y la mujer, en especial, el ámbito intrafamiliar.

Son varios los instrumentos internacionales, entre los que se encuentran la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que dan cuenta que uno de los grandes retos para lograr la aplicación concreta en las disposiciones locales de los Estados parte de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) es el sexismo o discriminación por sexo. En este sentido, el artículo 1º de la CEDAW aclara que discriminación contra la mujer es “toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera”.

En algunas sociedades, se comprueba que los valores del sexismo se han dirigido hacia nuevas formas más encubiertas y sutiles de expresión que pasan más inadvertidos, y que se siguen caracterizando por un tratamiento desigual y perjudicial hacia las mujeres. A este se lo conoce como sexismo moderno o neosexismo, y supone que, amparados en la supuesta igualdad entre los sexos, se impiden las acciones positivas que propiciarán la igualdad real en la esfera pública.





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